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Departamento del Tesoro

Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC)

Preguntas frecuentes sobre el anuncio de Cuba del presidente Trump

Actualizado 21/02/2024

1. ¿Cómo implementará la OFAC los cambios al programa de sanciones contra Cuba anunciados por el Presidente el 16 de junio de 2017? ¿Los cambios son efectivos inmediatamente?

Estas enmiendas implementan cambios en las autorizaciones para viajar a Cuba, transacciones relacionadas restringiendo ciertas transacciones financieras. Estas enmiendas también implementan ciertos cambios técnicos conformes. FECHAS: Efectivo: 9 de noviembre de 2017.

2. ¿Qué es el viaje individual de pueblo a pueblo y cómo afecta el anuncio del Presidente a esta autorización de viaje?

Los viajes educativos individuales no son autorizados, los viajeros que ya hayan realizado al menos una transacción relacionada con el viaje (como comprar un vuelo o reservar alojamiento) antes del 9 de noviembre de 2017 pueden participar en programas relacionados en pueblo a pueblo para individuales. Se cumple tanto para Personas que viajan y transacciones.

Pero el Viajero individual puede calificar para la Licencia General (Apoyo para el Pueblo Cubano), cada viajero participa en un calendario de actividades a tiempo completo haciendo contacto con las personas en Cuba.

3. ¿Se seguirá autorizando la licencia de viaje de grupo para Pueblo a Pueblo?

Sí, esta licencia aún está autorizada, mientras no contemple estudios académicos, de conformidad con un programa de estudios de grado, que se lleve a cabo bajo los auspicios de una organización sujeta a la jurisdicción de los EE. UU. Los viajeros deben: (i) mantener un programa de intercambio educativo a tiempo completo que resulte en una interacción significativa entre el viajero y las personas en Cuba; y (ii) estar acompañado por un empleado, consultor o agente de la organización patrocinadora.

4. ¿Se requerirá que las organizaciones sujetas a la jurisdicción de los EE. UU. Que patrocinan intercambios para promover el contacto entre personas soliciten a la OFAC una licencia específica?

No. En la medida en que el viaje propuesto se encuentre dentro del alcance de una licencia general existente, incluidos los viajes educativos de grupo a persona, las personas sujetas a la jurisdicción de los EE. UU. Pueden proceder a patrocinar dicho viaje sin solicitar a la OFAC una licencia específica. La política de la OFAC es no otorgar solicitudes para una licencia específica que autoriza transacciones, cuando se aplica una licencia general.

Una vez que el Departamento de Estado publica su lista de entidades y subentidades con las que no se autorizan las transacciones directas y la OFAC emite sus reglamentos, no se podrán iniciar nuevas transacciones, incluidas transacciones relacionadas con viajes, con estas entidades y subentidades identificadas. Los arreglos previos de viaje que puedan involucrar a estas entidades o subentidades todavía serán autorizados. Ver Preguntas Frecuentes 8.

5. ¿Cómo afecta la nueva política a otros viajes autorizados a Cuba por parte de personas sujetas a la jurisdicción de los Estados Unidos?

Las personas sujetas a la jurisdicción de los EE. UU. Que deseen realizar un viaje dentro de las 12 categorías de actividades especificadas en el CACR que no cumplan con los requisitos de una licencia general deberán solicitar una licencia específica de la OFAC.

6. ¿Cómo afectan los cambios anunciados por el Presidente el 16 de junio de 2017 a los viajeros autorizados a Cuba cuyos arreglos de viaje pueden incluir transacciones directas con entidades relacionadas con los servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos que pueden estar implicados en la nueva política de Cuba?

La prohibición en esta sección no se aplica a ninguna transacción relacionada con compromisos comerciales que involucre transacciones financieras directas con una entidad o subentidad en la Lista restringida de Cuba, siempre que dichos compromisos comerciales estuvieran vigentes antes de la fecha en que esa entidad o subentidad fue agregada a La lista restringida de Cuba publicada en el Registro Federal. Nota a § 515.209: Esta sección no prohíbe que una persona sujeta a la jurisdicción de los EE. UU. Participe en una transacción financiera indirecta, como las autorizadas en virtud de la §515.584 (d) en relación con las transferencias de fondos o la §515.584 (g) en relación con el dinero en dólares de EE. UU. instrumentos, cuando la persona no actúa como originador o beneficiario en una transferencia de fondos.

7. ¿Puedo seguir enviando remesas autorizadas a Cuba?

Sí. Los cambios de política anunciados no cambiarán las autorizaciones para enviar remesas a Cuba. De lo contrario, estará restringido por la nueva política que limita las transacciones con ciertos servicios militares, de inteligencia o de seguridad cubanos identificados. Efectivo el 9 de noviembre de 2017.

8. ¿Cómo afectará la nueva política a las licencias específicas existentes de la OFAC?

Las próximas regulaciones serán prospectivas y, por lo tanto, no afectarán las transacciones autorizadas según las licencias específicas existentes, a menos que se indique explícitamente.

9. ¿Cómo sabrán las compañías estadounidenses si una contraparte cubana está afiliada a una entidad o sub entidad prohibida en Cuba?

De acuerdo con el NSPM, el Departamento de Estado está publicando una lista de entidades y sub-entidades que están bajo el control de, o actúan en nombre o en representación de los servicios o personal militar, de inteligencia o de seguridad de Cuba y con los cuales las transacciones financieras benefician de manera desproporcionada al personal o los servicios militares, de inteligencia o de seguridad de Cuba a expensas del pueblo cubano o de la empresa privada en Cuba: la Lista de entidades restringidas y subentidades del Departamento de Estado asociadas a Cuba ("Lista de Cuba restringida"). La lista restringida de Cuba es mantenida por el Departamento de Estado y se publicará y actualizará periódicamente según sea necesario en el Registro Federal.

10. ¿El viaje autorizado por crucero o barco de pasajeros a Cuba se ve afectado por la nueva política de Cuba?

Sí, siempre que esté autorizado para viajar a Cuba de conformidad con una licencia general o específica. Las personas sujetas a la jurisdicción de los EE. UU. Están autorizadas a proporcionar servicios de transportes por barco a los viajeros autorizados, y los viajeros pueden comprar boletos siempre que su viaje esté autorizado de conformidad con el CACR. La autorización para proporcionar servicios de transportista se limita al transporte de viajeros autorizados, directa o indirectamente, entre los Estados Unidos y Cuba. Los operadores de embarcaciones y los viajeros son responsables de mantener registros de sus transacciones relacionadas con Cuba durante al menos cinco años. Para obtener una descripción completa de lo que esta licencia general autoriza y las restricciones que se aplican, consulte 31 CFR § 515.572.

Para más información sobre la visita del Memorando Presidencial de Seguridad Nacional.:

https://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Programs/Documents/cuba_faqs_new.pdf
y
https://www.treasury.gov/resource-center/sanctions/Programs/Documents/cuba_fact_sheet_11082017.pdf